1 ¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITAR EL CONCURSO DE ACREEDORES?

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Presentar una solicitud de concurso de acreedores dentro del plazo legal previsto es fundamental y tiene una gran trascendencia en el concurso ya que, es un elemento esencial a la hora de valorarla responsabilidad de los administradores de la concursada (art. 444.1º TRLC).

El artículo 5 de la vigente Ley Concursal prevé que el deudor deberá presentar la solicitud de concurso en el plazo de los 2 meses siguientes a la fecha en la que conoció (o debió conocer) el estado de insolvencia de la empresa.

Este mismo artículo entiende, que salvo que se demuestre lo contrario, se conocerá la insolvencia y por tanto empezará a contar ese plazo de 2 meses cuando ocurra alguno de los hechos que permitan a terceros instar el concurso necesario.

No obstante, esta situación ha cambiado ligeramente con ocasión de la pandemia por Covid extendida mundialmente. El Real Decreto Ley 5/2021 ha ampliado el plazo de solicitud de concurso para aquellos deudores se encuentren en estado de insolvencia, de modo que hasta el 31 de diciembre de 2021 no se encuentran obligados a solicitar la declaración de concurso.

El plazo de 2 meses señalado anteriormente y previsto en la normativa concursal, comenzará a contarse a partir del día siguiente al 31 de diciembre de 2021. En definitiva, se prevé que el plazo máximo para solicitar el concurso finalizará el 28 de febrero de 2022.

Por su parte no serán admitidas a trámite las solicitudes de declaración de concurso necesario, es decir, las instadas por los acreedores hasta el 31 de diciembre de 2021.

Sin embargo, que no exista obligación de solicitar el concurso hasta finales de este año no significa que no pueda presentarse y tramitarse el concurso antes.

Si tiene cualquier duda sobre los procesos concursales consúltenos sin compromiso.

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